Sedeco da a conocer tarifas máximas para traslados en ambulancias

Rebeca Marín

La Secretaría de Desarrollo Económico dio a conocer las tarifas máximas para los servicios de traslado y atención médica prehospitalaria e interhospitalaria prestados mediante mediante vehículos terrestres con uso de ambulancias de los servidores privado y social que circulan en la Ciudad de México.

 

Las personas físicas o morales, de los sectores privado y social, propietarias o poseedoras de vehículos terrestres con uso de ambulancias, que presten servicios de traslado y atención médica prehospitalaria e interhospitalaria de pacientes ambulatorios y hospitalizados en la Ciudad de México, deberán sujetarse a las siguientes tarifas máximas:

 

Ambulancia de traslado en atención de emergencia sin médico especialista o especialista, deberá pagar 3,300 pesos, con médico especialista, con médico o especialista, 4,600.

 

Fuera de la Ciudad de México sin médico o especialista, 4,600 y con médico o especialista, 6,100.

 

En ambulancia de urgencias básicas sin médico o especialista, 4 mil pesos y con médico o especialista, 5,300; ambos servicios en la Ciudad de México y fuera de ésta, sin médico o especialista el costo será de 5,300 y con médico o especialista 6,800.

 

En ambulancias de urgencias avanzadas, dentro de la Ciudad de México sin médico o especialista, 5,500 y con medido o especialista, 6,800; este mismo servicio fuera de la Ciudad de México sin médico o especialista tendrá un costo de 6,800 y con médico o especialista, 8,300

 

Con ambulancia de cuidados intensivos, sin médico o especialista no aplica en la Ciudad de México y con médico o especialista, el costo es de 8,500 fuera de la Ciudad de México sin médico o especialista no aplica y con médico o especialista, será de 9,800.

 

Estás cifras se encuentran expresadas en pesos mexicanos, sin Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y la atención Programada fuera de la Ciudad de México, considera 50 km después del perímetro de la Ciudad de México.

 

Cuando se trate de atención programada dentro de la Ciudad de México con ambulancia de traslado sin médico o especialista, tendrá un costo de 1,800 pesos con médico especialista, 3,300 y ese mismo servicio pero fuera de la Ciudad de México sin médico o especialista costará 3,100 y con médico o especialista será de 4,600.

 

Con ambulancia de urgencias básicas sin médico o especialista costará 2,500 y con médico o especialista, 4 mil pesos; ese mismo servicio sin médico o especialistas costará, 3,800 y con médico o especialista, 5,30.

 

Si el servicio se otorga en la Ciudad de México con ambulancia de urgencias avanzadas sin médico o especialista será de 4 mil pesos y con médico o especialista, 5,500; fuera de la Ciudad de México sin médico o especialista, costará 6,300 y con médico o especialista, 7,300 pesos.

 

Con ambulancia de cuidados intensivos en la Ciudad de México sin médico o especialista, no aplica y con médico o especialista, tendrá un costo de 8,500 y fuera de la Ciudad de México sin médico o especialista, no aplica pero con médico o especialista, si costo será de 8,500.

 

Las personas físicas o morales, de los sectores privado y social, propietarias o poseedoras de vehículos terrestres con uso de ambulancias, presten servicios de traslado y atención médica prehospitalaria e interhospitalaria de pacientes ambulatorios y hospitalizados en la Ciudad de México deberán exhibir a la vista del público las tarifas contempladas en el presente Aviso, en todo caso, deberán estar disponibles al público.

 

La Agencia de Protección Sanitaria será la encargada de verificar y, en su caso, calificar las irregularidades e imponer las sanciones administrativas correspondientes, de acuerdo con los términos establecidos por la normativa aplicable y el Reglamento, así como determinar las medidas de seguridad que correspondan, dentro del ámbito de su competencia.

 

Asimismo, la Secretaría de Seguridad Ciudadana llevará a cabo los procedimientos para poner a disposición de la Agencia de Protección Sanitaria, al interior de un depósito vehicular a su cargo, los vehículos de uso como ambulancia que hayan infringido las disposiciones de tránsito, a efecto de aplicar el procedimiento de verificación sanitaria correspondiente. 


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