Por falta de comisionados, Cofece suspende resolución sobre turbosina

Rebeca Marín

 

Por falta de nombramiento de comisionados, el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) suspendió el plazo para resolver el procedimiento sobre barreras a la competencia en el mercado nacional de combustibles para aeronaves.

 

En un comunicado, el organismo explicó que se vio obligado a suspender el plazo en el que resolvería sobre producción, importación, almacenamiento, transporte, distribución, comercialización, expendio y servicios relacionados.

 

En marzo la Autoridad Investigadora de la Cofece emitió el Dictamen Preliminar (DP) mediante el cual concluyó que existían elementos para determinar preliminarmente la falta de condiciones de competencia efectiva en dicho mercado, por lo que propuso medidas correctivas para eliminar las barreras a la competencia que identificó.

 

Este dictamen fue notificado a diversos agentes económicos y autoridades públicas. En septiembre fue integrado el expediente, una vez sustanciada la segunda etapa del procedimiento y desahogadas las pruebas ofrecidas.

 

El Pleno debe emitir una resolución en un plazo máximo de 60 días, de acuerdo con la fracción VII del artículo 94 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).

 

Sin embargo, la legislación establece que la resolución de estos procedimientos debe contar con el voto a favor de al menos cinco comisionados.

 

"Sin embargo, ante la omisión del Ejecutivo Federal de proponer al Senado los comisionados faltantes, actualmente el órgano de gobierno de la Cofece únicamente cuenta con cuatro de los siete comisionados que por mandato constitucional deben conformarlo", señala la Comisión.

 

Por lo tanto, al estar imposibilitado legalmente para resolver este expediente, el Pleno suspendió el plazo para emitir la resolución hasta que se cuente con el número mínimo de comisionados requerido; de tal forma que pueda someterse a votación la resolución de este expediente.

 

"Cabe recordar que cuando un mercado opera sin condiciones de competencia efectiva, este genera perjuicios tanto a los consumidores como a los agentes económicos que ahí participan. La suspensión impide que el Pleno evalúe dichas condiciones y, de así proceder, imponga medidas correctivas que protejan el interés público", enfatiza.

 

Los artículos 28 y 89, fracción III, de la Constitución establecen que es responsabilidad del titular del Ejecutivo Federal proponer para su ratificación al Senado de la República, a las personas que ocuparán las vacantes del Pleno de la Cofece, mismo que deberá seleccionar de las tres listas que el Comité de Evaluación le remitió en noviembre de 2020, así como en marzo y noviembre de 2021. 


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