TEPJF ordena al INE investigar a candidatos de Morena por actos anticipados de campaña

Martín Aguilar

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Sala Especializada realizar una nueva investigación para determinar si Adán Augusto López, secretario de Gobernación; Claudia Sheinbaum, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México; y Marcelo Ebrard, titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), incurrieron en actos anticipados de campaña con los dichos que emitieron en un mitin en Toluca, Estado de México, el pasado 12 de junio.

 

La Sala Especializada desechó una queja en contra de los servidores públicos antes mencionados por presuntos actos anticipados de campaña, ya que en su opinión no se trató de conductas sistemáticas y planificadas y, por lo tanto, no existían elementos para acreditar que fue una estrategia de promoción anticipada, sin embargo, la sentencia fue revocada hoy por la Sala Superior.

 

La revocación se dió porque los magistrados indicaron que la Sala Especializada exigió indebidamente mayores requisitos que los previstos por la jurisprudencia para acreditar la infracción.

 

Así también determinaron que la Sala Especializada incurrió en contradicción al determinar que los dichos de las corcholatas pudieron generar una afectación real a las condiciones de equidad del proceso electoral del Estado de México y concluir que las conductas no eran susceptibles de sanción por no ser parte de una estrategía política planificada y reiterada.

 

El mitin de Toluca se nombró "Movilización para que siga la transformación" y se realizó previó a que Morena definiera a Delfina Gómez como su candidata a la gubernatura del Estado de México, algunos de los dichos de los denunciados fueron referentes a que el partido guinda ganaría la elección: "¿por qué estamos en Toluca hoy? porque en el 23 estado de México se une la cuarta transformación de la vida pública de México", dijo Sheinbaum en el evento.

 

Con el fallo, la Sala Especializada también tendrá que analizar si los dichos de los funcionarios morenistas transgredieron el artículo 134 de la Constitución que prohíbe el uso de recursos públicos para incidir en contienda electoral o para promoción personalizada de funcionarios públicos. 


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