TEPJF ordena que se castiguen a los gobernadores de Jalisco y Tamaulipas

Martín Aguilar

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó este viernes que los gobernadores de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, y de Jalisco, Enrique Alfaro, vulneraron la Constitución al difundir propaganda gubernamental en un periodo prohibido.

 

En ambos casos, la sala determinó dar vista a los congresos locales de cada entidad, para que estos definan la sanción correspondiente contra estos mandatarios estatales, surgidos del PAN y de MC, respectivamente.

 

Los magistrados Gabriela Villafuerte y Luis Espíndola recordaron que, del 15 de julio al 1 de agosto, periodo en el que se realizó la difusión de la consulta popular sobre posibles procesos penales contra actores políticos del pasado, estaba prohibida la difusión de propaganda gubernamental, salvo aquella destinada a cuestiones de educación, salud y protección civil, en casos de emergencia.

 

El ejercicio cívico fue organizado por el Instituto Nacional Electoral (INE) y promovido por el presidente Andrés Manuel López Obrador y su partido, Morena.

 

Villafuerte destacó la mesura y neutralidad que debe existir por parte de los funcionarios públicos para no difundir propaganda gubernamental, según el artículo 35 constitucional.

 

En el primer caso, la sala consideró que hubo difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido por parte de García Cabeza de Vaca; de su coordinador de Comunicación Social, Francisco García Juárez, y del director general de Planeación e Imagen Institucional estatal, Tenoch Cuauhtémoc de la Mora Ramos.

 

Ello, derivado de publicaciones en Facebook el 15 de julio, relacionadas con la difusión de obras públicas.

 

El Congreso de Tamaulipas deberá fijar la sanción para el gobernador, y este, la que corresponda a los funcionarios de los que es superior jerárquico.

 

En el segundo asunto, Morena denunció a Alfaro por la supuesta publicación y difusión de propaganda gubernamental los días 22, 26, 28 y 29 de julio, en sus cuentas en Twitter y Facebook.

 

"De las constancias que obran en autos se concluye que se difundieron en periodo prohibido, es decir, durante el proceso de la consulta popular, publicaciones que hicieron referencia a logros y acciones de gobierno", resolvió la sala.

 

"Es existente la infracción objeto del presente procedimiento especial sancionador que se atribuye a Enrique Alfaro Ramírez, gobernador del estado de Jalisco, y segundo, se ordena dar vista a la Contraloría del estado", añadió. 


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