Rosario Robles a punto de recobrar su libertad al ganar amparo

Martín Aguilar

La exsecretaria de Desarrollo Social (Sedesol), Rosario Robles Berlanga, obtuvo un nuevo amparo en el caso conocido como la "Estafa Maestra", con el que se ordenó a un juez federal revisar si se debe cancelar o no el proceso en su contra.

 

El recurso otorgado por el noveno Tribunal Colegiado en Materia Penal del primer circuito revocó la sentencia que emitió en septiembre pasado un juez de amparo, el cual rechazó sobreseer el delito de uso indebido del servicio público del que se le acusa a Robles Berlanga.

 

Dicho ilícito mantuvo a la extitular de Sedesol presa en el penal de Santa Martha Acatitla durante tres años hasta que en agosto pasado se le otorgó el cambio de la medida cautelar, permitiéndole seguir su proceso en prisión domiciliaria.

 

El caso se remonta a febrero de 2022, cuando Rosario Robles solicitó sobreseer el delito en el que se le acusa haber sido omisa del desvió de más de cinco mil millones de pesos cometido por sus subordinados en la Sedesol y la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.

 

Durante una audiencia, la defensa argumentó que la presunta omisión no constituye un delito penal, sino una falta administrativa contemplada en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

En aquella ocasión el juez de control Ganther Alejandro Villar Ceballos rechazó los argumentos y negó la suspensión del proceso, por lo que ante dicha decisión la defensa de Rosario Robles encabezada por el abogado Epigmenio Mendieta presentó un nuevo amparo.

 

Este fue revisado por el juez Augusto Octavio Mejía Ojeda, quien suscribió los argumentos de su colega y negó el recurso a la exfuncionaria y con ello la protección de la justicia en este proceso.

 

Sin embargo, tras la nueva impugnación, el Tribunal Colegiado ordenó que el asunto sea revisado de nueva cuenta por un juez, quien deberá estudiar los expuesto por la defensa y argumentar debidamente si las faltas atribuidas a Rosario Robles son sancionadas con lo previsto en el Código Penal Federal o con la Ley Hacendaria.

 

"(Por lo que se) deberá determinar si la conducta es constitutiva de delito o sólo causa de responsabilidad administrativa, para así se tenga la certeza de una verdadera taxatividad que pide la defensa de la quejosa", explicó el Tribunal.

 

Para ello, solicitó que sea celebrada una nueva audiencia, la cual aún no fue agendada, ya que el juez debe revisar el engrose envíado por los magistrados para poder tomar una decisión. 


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