Breves del Estado de México

Prohíben a policías mexiquenses que tengan otro empleo

Martín Aguilar

Los elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de México que se encuentran fuera de servicio (días de descanso o vacaciones) no podrán realizar trabajos o empleos que desacrediten a su persona o la imagen institucional de la corporación, entre ellos, la función de escoltas privados o realizar actividades de gestoría ante instituciones estatales o municipales.

 

Lo anterior quedó establecido en el "Protocolo de actuación fuera de servicio de los elementos de la Secretaría de Seguridad del Estado de México", dado a conocer este 5 de enero en la Gaceta Oficial de Gobierno.

 

Los policías que no se encuentren en horas de servicio también deberán abstenerse de "laborar o dirigir personalmente un establecimiento de venta de alcohol como club nocturno, bares, cantinas, tabernas, discotecas y cabarets; o uno que incite a los juegos de azar como casinos y casas de apuestas".

 

Asimismo, no podrán prestar por cualquier medio servicio erótico, sexual, prostitución y afines, ni ofrecer servicios de transporte público o privado sin contar con los registros previos ante la Secretaría de Movilidad del Estado de México.

 

Los efectivos fuera de servicio tendrán que evitar la elaboración, distribución o venta de pirotecnia, además de que tampoco estarán autorizados para actuar como abogados o procuradores en juicios de carácter penal, administrativo, agrario, civil, mercantil o laboral que se promuevan en contra de instituciones públicas de cualquiera de los tres niveles de gobierno.

 

De igual forma, en dicho protocolo se establece que no deberán desempeñar dos o más puestos o celebrar contratos de prestación de servicios profesionales o la combinación de estos, sin contar con dictamen de compatibilidad.

 

Entre las conductas no permitidas por los policías que no se encuentran trabajando en tareas de la institución aparecen la prohibición de consumir sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras sustancias adictivas de carácter ilegal, prohibido o controlado, salvo los medicamentos controlados que le sean autorizados mediante prescripción médica.

 

Tienen impedido solicitar a los elementos (en servicio) la detención de personas o vehículos sin cumplir con los requisitos previstos en los ordenamientos constitucionales y legales aplicables, a efecto de evitar actitudes intimidatorias hacia las personas.

 

No podrán difundir información relacionada con el empleo cargo o comisión con la que cuente, o crear contenido con la misma, para utilizarla y difundirla en redes sociales o por cualquier medio. Los elementos tendrán prohibido ostentarse como servidor público y realizar conductas dominantes, agresivas, intimidatorias u hostiles hacia las demás personas. 


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