Un juez de lo familiar contribuye a la función de impartición de justicia en materia familiar de proceso escrito, asistiendo al Juez en el conocimiento y resolución de los asuntos que son competencia del Juzgado y en la administración del Órgano Jurisdiccional.
Durante el programa la Voz Judicial, conducido por Rosalía Buaun y Tony Mancuso, tuvieron como invitado al juez Quinto de Proceso Oral en Materia Familiar, Jorge Rodríguez Murillo del Poder Judicial de la CDMX.
El magistrado señaló que, la familia es lo más importante pues es el núcleo base para la sociedad, y por ende, para el equilibrio del Estado. Por ello, el derecho familiar debe estar en constante actualización acorde al contexto de la época, de las necesidades de la sociedad cambiante, que todos los días acude a los tribunales a solicitar justicia pronta y expedita.
Dijo que administrar justicia en materia familiar con arreglo a la legislación y demás normatividad aplicable, mediante el conocimiento de los hechos que las partes le expongan, dictando las resoluciones respectivas.
Rodríguez Murillo, señaló que un proceso oral es aquel período o fase que se desarrolla en todos los procedimientos penales en el que, una vez concluida la instrucción o investigación y la fase de acusación provisional, se practican las pruebas y efectuar las alegaciones en presencia del juez o tribunal competente para dictar la sentencia. En esta fase se practicarán las pruebas, se concretará la acusación y se apoyarán por medio de los informes las pretensiones de las partes.
En el juicio oral rigen los principios de inmediación y de contradicción. La contradicción implica la igualdad de las partes en el proceso: igualdad de condiciones para actuar e igualdad de armas, bien para atacar o bien para defenderse. La inmediación va a suponer que todas aquellas diligencias que se han realizado en la fase de instrucción e incluso otras no efectuadas, se deban practicar ante el tribunal, que tras ser sometidas a contradicción por las partes, las valorarán
Rodríguez Murillo, aclaró que el poder judicial en la CDMX ha evolucionado favorablemente en favor de las víctimas, estudia las leyes creadas por el Poder Legislativo y con ese conocimiento juzga a quienes cometen faltas las faltas a la ley tienen diferentes niveles de importancia y son tratadas en tribunales distintos.
El magistrado aseveró, que la crisis sanitaria por COVID-19 generó que algunos trámites se empezaran a realizar en línea, con el objetivo de garantizar la seguridad de los ciudadanos y entre los que se encuentra la solicitud de divorcio, según el acuerdo 16-24/2020, el Poder Judicial indicó que los lineamientos para realizar el proceso en línea entraron en vigor el 13 de julio del año pasado y no tiene costo adicional por la modalidad.
Por lo que, las actuaciones realizadas en formato electrónico, sea documento o videograbación, autenticadas con firma electrónica, recibirán el mismo valor e interpretación a sus equivalentes en formato físico. No se integrará expediente físico, sólo electrónico.
Los requisitos son
Firma electrónica (FIREL o e.firma)
Correo electrónico
Identificación oficial, que deberán presentar en la audiencia a distancia
Acceso a dispositivos electrónicos para mantener comunicación por medio de audio y video.
Y los trámites son:
Añadió que para presentar escrito inicial ante la oficina virtual de la Oficialía de Partes Común de Salas y Juzgados, autentificado con las firmas electrónicas de ambas personas.
Posteriormente, se emitirá un acuse de recibo y se te asignará un turno y número de expediente.
La notificación sobre la admisión o el desecho del caso o la audiencia, será notificada por correo electrónico.

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