Juez rechaza amparo contra convocatoria del CIDE

Rebeca Marín 


El Juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, Ulises Oswaldo Rivera González, desechó la demanda de amparo presentada por un académico del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) contra la convocatoria hecha por la directora de Conacyt, María Elena Álvarez-Buylla, para modificar el Estatuto de esa institución educativa.

 

El impartidor de justicia señaló que la demanda era notoriamente improcedente al considerar que la convocatoria para la sesión de la Asamblea General, a realizarse el próximo 24 de enero, no constituye un acto de autoridad en contra de un gobernado, sino que forma parte de la facultad de autogestión del CIDE.

 

"Es claro que con el proceso para reformar el Estatuto General del Centro de Investigación y Docencia Económicas, asociación civil, así como las omisiones reclamadas, no se ejerce un poder público basado en una relación de supra a subordinación, que afecte de manera unilateral la esfera jurídica de la parte quejosa; por lo que su posición frente a las autoridades del Centro de Investigación y Docencia Económicas, asociación civil, que señala como responsables no es la de gobernado para efectos del juicio de amparo, por tratarse de una facultad inmersa en un ámbito de decisión autónoma de la que dichas autoridades se encuentran investidas", argumentó.

 

El pasado 18 de enero, un profesor del CIDE y miembro del Consejo Académico presentó la demanda y solicitó una suspensión provisional para evitar que se lleve a cabo la sesión del próximo lunes debido a que se someterá ante los miembros de la Asamblea una propuesta de modificación al Estatuto sin que previamente haya sido aprobado por el Consejo Académico.

 

La modificación normativa, que a decir de alumnos y estudiantes le da mayores facultades al director José Antonio Romero Tellaeche en detrimento del Consejo Académico, forma parte del conflicto registrado en ese centro de estudios desde la llegada del directivo en agosto del año pasado.

 

Rodolfo Martínez, del despacho Trusan y Roma Abogados, encargado de litigar la demanda, lamentó la decisión del juez al considerar que no valoró todos los aspectos contenidos en el escrito.

 

"Al juez se le olvidó que en la demanda dijimos claramente que se estaba promoviendo tanto por interés jurídico como por interés legítimo. ¿A qué se refiere el interés legítimo? Se refiere a cuando, aunque no tengas una afectación en tu esfera personal vas y le dices al juez: 'oye, esto es inconstitucional y está violando un derecho humano en perjuicio de la colectividad'. ¿Cuál era el perjuicio de la colectividad aquí? Pues la colectividad de alumnos del propios CIDE", indicó.

 

También cuestionó el razonamiento del juzgador al no concederle a Álvarez-Buylla la calidad de autoridad, pues ella no pertenece al CIDE y el hecho de que se considere a este centro de estudios como una paraestatal no lo exime del cumplimiento de la Constitución.

 

"Es un derecho humano la educación y si la Constitución estableció que las universidades autónomas tendrían libertad de cátedra, entonces les estás cuartando, a los alumnos del CIDE, el derecho a contar con una educación en la cual la universidad sea completamente libre y tenga una autonomía y no la está teniendo en el momento en que no se le permitió a su Consejo Académico el aprobar previamente el Estatuto antes de someterlo a la Asamblea General. Me extraña la forma de actuar del juez y se presta a suspicacias", consideró. 

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