Lanzan nuevas reglas para uso de la fuerza pública en diligencias

Las diligencias ordenadas por el Poder Judicial capitalino que requieran el apoyo de la fuerza pública para cumplirse deben programarse al menos con cinco días de anticipación, estableció el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF).
En la circular 08/2014, para regular el uso de la fuerza pública en el cumplimiento de las resoluciones dictadas por los jueces, precisó que dichas diligencias no deben coincidir con manifestaciones públicas masivas para no distraer a los elementos policiacos.
El documento, preparado por el pleno del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, señala los requisitos mínimos que se debe cumplir para el uso de la fuerza pública y las sugerencias para un mejor aprovechamiento de los limitados elementos que se tienen para ello.
Entre las diligencias más comunes que requieren jueces y magistrados para hacer cumplir sus resoluciones figuran embargos, restitución de inmuebles o de menores, lanzamientos, reconstrucción de hechos, cambio de depositarios y emplazamientos.
Muchas de esas acciones sólo pueden llevarse a la práctica con el auxilio de la fuerza pública, debido a la oposición, a veces violenta y por la fuerza, de una de las partes.
Por ello, se emitieron nuevas reglas para el uso de la fuerza pública en dicha circular, donde se establece que la petición, además de los antecedentes del caso, debe incluir una coordinación entre los representantes judiciales y los uniformados.
Refiere que en la petición se debe precisar cuántos elementos policíacos se consideran necesarios para cumplir con la encomienda, y si hay grupos antagónicos de oposición que deban ser neutralizados.
Advierte que una vez programada la diligencia con el respaldo de la fuerza pública, la inasistencia del representante del Poder Judicial constituirá una falta administrativa de la que se dará vista a la Comisión de Disciplina del Consejo de la Judicatura Federal.
Ello, en razón de que la inasistencia del funcionario judicial puede constituir la comisión de un delito contra la administración de la justicia.
Se sugiere a los responsables de la diligencia que recaben por conducto de la parte interesada fotografías de los bienes inmuebles donde se concretará la acción, que permitan apreciar el riesgo que enfrentarán los elementos policíacos.
Asimismo, se pide a los titulares de los órganos jurisdiccionales evitar programar diligencias en las fechas coincidentes con movilizaciones masivas anunciadas con anticipación, como las que se realizan el 18 de marzo, 1 de mayo, 2 de octubre o 20 de noviembre.

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