Congreso CDMX regulariza plataformas digitales de hospedaje

Rebeca Marín

 

Para ayudar a diversificar la oferta turística de la capital del país y convertirla en un referente a nivel nacional e internacional, se incorporaron los conceptos de turismo deportivo, gastronómico, de salud, cultural, LGBTTTIQ+ y académico en el dictamen que reforma la Ley de Turismo de la Ciudad de México.

 

El documento atendido en el Congreso de la Ciudad de México y que recibió una aprobación unánime, va dirigido a regular las plataformas tecnológicas que ofrecen, proporcionan o contratan para las personas visitantes el servicio de estancia turística eventual en la metrópoli.

 

Con las iniciativas propuestas por el propio jefe de gobierno de la Ciudad de México, Martí Batres Guadarrama, y diputados locales de diversas fuerzas políticas, y que se reflejan en el dictamen avalado, se trata de actualizar la legislación a las demandas y necesidades del sector.

 

En su momento, en la Comisión de Turismo del Poder Legislativo local que preside la congresista del PAN, Frida Jimena Guillén Ortiz, se aprobó fortalecer el funcionamiento del Fondo Mixto de Promoción Turística, lo que fue aceptado sin complicación alguna por el pleno del órgano deliberativo.

 

Para efecto de lo anterior, se integrará a la Secretaría de Cultura del gobierno capitalino y a un prestador de servicios turísticos adicional al Comité Técnico de dicho fondo, con el objetivo de garantizar un equilibrio y lograr que el derecho a opinar e incidir en la toma de decisiones por parte de las personas prestadoras de servicios, sea una realidad.

 

El posicionamiento de los representantes populares locales es que se requiere ordenar esos sitios virtuales que han tenido un crecimiento exponencial y ello plantea desafíos importantes en materia de seguridad y protección civil, calidad de los alojamientos, equidad fiscal y competencia desleal.

 

La regulación planteada reconoce las virtudes de este servicio y permite a las personas anfitrionas ofertar sus inmuebles y, como consecuencia, obtener un ingreso adicional a través del ejercicio de la actividad.

 

Resulta que con la adición del artículo 61 Ter de la ley en la materia, los ofertantes de estancia deberán registrarse en el Padrón de Anfitriones de la Ciudad de México, donde inscribirán los inmuebles de uso habitacional que ponen a disposición de las personas turistas, e informar a las y los vecinos sobre el uso turístico de los inmuebles ofertados, así como proporcionar números de contacto para recibir reportes sobre el mal uso o situaciones de emergencia.

 

Además, en el Padrón de Plataformas Tecnológicas se incorporará a las personas físicas o morales, mexicanas o extranjeras, autorizadas para operar, intermediar y o administrar una aplicación digital, página de internet, redes sociales o similares mediante la cual se oferte el servicio de estancia turística eventual, entre otros servicios.

 

Por lo que hace a las plataformas tecnológicas y los intermediarios, se establece que, en su calidad de gestores o administradores, serán obligados solidarios respecto al pago de impuestos, multas y sanciones a los que hayan sido acreedores los anfitriones, por aquellos servicios de estancia turística eventual que hayan ofrecido, proporcionado o contratado.

 

El dictamen aprobado se elaboró a partir de diversas iniciativas, presentadas por la legisladora Frida Guillén con apoyo de congresistas de otros partidos y por el jefe de gobierno, que incluyen el cambio de denominación de Ley de Turismo del Distrito Federal, por Ley de Turismo de la Ciudad de México.

 

Se incorpora además un lenguaje incluyente para empoderar la participación de las mujeres al interior de esta industria y eliminar las desigualdades que enfrentan; y también actualizan y homologan diversas definiciones de turismo, conforme a lo establecido por la Organización Mundial de Turismo.

 

Los Congresistas tuvieron a bien dar luz verde al dictamen por el que se modifica la denominación, reforman y adicionan diversas disposiciones de la legislación en la materia, con lo que se actualiza el marco normativo que regula la planeación, diseño, ejecución, fomento y promoción de la actividad turística local.

 

De esa manera, además de fomentar el turismo en la urbe, se atienden problemáticas como la gentrificación, el incremento desmedido de rentas, los altos niveles de inseguridad, la competencia desleal, falta de equidad fiscal y la acumulación de basura en zonas que recorren los visitantes.

 

En el documento se recogieron las principales demandas y necesidades de la industria turística y, se tomó en cuenta las diversas visiones del sector público, privado, social, académico y de los legisladores, lo cual es trascendente porque desde hace más de diez años no se había modificado el ordenamiento.

 

Quedó consolidado el que se cuente con mecanismos normativos y tecnológicos para una información confiable de las plataformas tecnológicas que ofrecen servicio de alojamiento temporal y otras actividades en la capital, así como de la oferta y demanda de inmuebles habitacionales para uso turístico.

 

Al aceptarse durante la discusión del dictamen la reserva presentada por la diputada morenista Indalí Pardillo Cadena, se decidió modificar el artículo 3, fracción primera bis, a fin de eliminar la noción de administrador como definición de anfitriones, y dejar "persona física o moral, propietaria o poseedora del inmueble destinado al servicio de estancia turística eventual".

 

Por lo que hace al artículo 61, quinquies fracción 12, se establece la obligación de los anfitriones de contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra posibles riesgos en la prestación de servicios por cada inmueble registrado, el cual deberá ser acreditado con la carátula de la póliza correspondiente.

 

Otros cambios corresponden al artículo 61 septies, para solicitar a las plataformas tecnológicas un seguro que cubra posibles riesgos de responsabilidad civil, y adicionar como fracción octava, recorriendo en su orden las subsecuentes; en el 61 octies se modifica la redacción para establecer que las plataformas e intermediarios serán obligados solidarios de los anfitriones respecto del pago del impuesto sobre hospedaje y de sanciones relacionadas a los servicios de estancia turística eventual.

 

En torno al quinto transitorio, se establece una prórroga, por única ocasión, para la entrega del reporte referido en la fracción cuarta del artículo 61 quáter, hasta por 90 días naturales.

 

La vicecoordinadora de la fracción parlamentaria de Morena, la legisladora María Guadalupe Morales Rubio, en su momento, reconoció el compromiso de empresarios turísticos, de las autoridades y del jefe de gobierno, por su destacada participaron en la construcción de la iniciativa trabajada con la participación todos los actores relevantes, como un paso más a la seguridad de los usuarios de las plataformas y de la ciudadanía. 


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