Sanciona CFC a Telmex con 657 mdp

Sanciona CFC a Telmex con 657 mdp

*CFC  incapaz de poner orden en el mercado de telecomunicaciones, especialistas  

Angel Iturralde

Ante la indefinición de una central de interconexión independiente, y un título de concesión excesivo e inadecuado Teléfonos de México  (Telmex) y sus filiales siguen siendo sancionados con millones de dólares ante la cascada de acusaciones de prácticas monopólicas por parte de sus más cercanos competidores en el mercado de telefonía fija.

Luego de haber sido sancionada Telcel, ahora la Comisión Federal de Competencia (CFC) impuso a Teléfonos de México (Telmex) y a Teléfonos del Noreste una multa de 657 millones 391 mil pesos por la comisión de prácticas monopólicas relativas en el mercado de arrendamiento mayorista de enlaces dedicados locales y de larga distancia.

El órgano antimonopolios señala que determinó que la conducta es de alta gravedad e intencional, además de que Grupo Telmex es reincidente en este tipo de prácticas. Organismo que junto con la Comisión federal de Telecomunicaciones (Cofetel) que de acuerdo con especialistas sectoriales han sido incapaces de poner orden en los mercados de telecomunicaciones a pesar de contar con todas las herramientas jurídicas para hacerlo.  

En consecuencia, además de ordenar la supresión de la práctica, el Pleno de la CFC impuso a Telmex pagar 638 millones 129 mil pesos y a Teléfonos del Noreste 19 millones 261 mil pesos, que suman 657 millones 391 mil pesos.

Las empresas involucradas cuentan con 30 días hábiles para interponer un recurso de reconsideración ante la decisión que tomó el Pleno por unanimidad.

La CFC señala que su investigación se inició por una denuncia de Axtel, a quien Grupo Telmex le había negado el arrendamiento mayorista de enlaces dedicados locales y de larga distancia nacional.

Ello, pese a que este servicio se encuentra disponible y es normalmente ofrecido a terceros operadores del servicio de telefonía fija como Alestra, Iusatel, Maxcom, GTM y Marcatel.

Los enlaces dedicados forman parte de la "columna vertebral" de las redes de telecomunicaciones y sin el acceso a esta infraestructura es imposible que una empresa provea de manera integral los servicios de telecomunicaciones al usuario final.

Al ser el operador de la red original de telecomunicaciones para telefonía fija, Grupo Telmex controla la mayor parte de los enlaces dedicados en las distintas localidades y rutas interurbanas de México.

La CFC señala que dadas las altas barreras a la entrada para construir este tipo de infraestructura, esto le da poder de mercado, por lo cual el título de concesión de la telefónica incluye la obligación de prestar el servicio de arrendamiento de enlaces dedicados a nivel local y de larga distancia nacional e internacional.

En su investigación, la Comisión encontró que la negativa de trato de Grupo Telmex se extendió de agosto de 2009 a junio de 2011 en 32 localidades y seis rutas interurbanas.

Lo anterior, inhibió la capacidad de Axtel para proveer los servicios minoristas de telecomunicaciones que requieren el acceso a enlaces dedicados, es decir telefonía local, telefonía de larga distancia y servicios de valor agregado. Sin embargo analistas sectoriales reiteran que los competidores de Telmex abusan de la infraestructura de la empresa sin pagar la real contraprestación.  

Sin embargo por estas causas, el Pleno de la CFC resolvió que la negativa de trato constituye una práctica monopólica relativa conforme a la fracción V del artículo 10 de la Ley Federal de Competencia Económica.

Por otra parte y ante estas medidas Telmex aseguró que cumple con las obligaciones estipuladas en su título de concesión. "Telmex realizará el análisis exhaustivo de esta resolución, a fin de determinar las acciones conducentes ante las instancias a que haya lugar, en estricto apego a derecho", expresó. La empresa tendrá hasta 30 días para interponer un recurso de reconsideración ante la CFC.

La firma, subsidiaria de América Móvil, tiene una participación de cerca de 80% en el mercado de telefonía fija en México, además de ser el mayor proveedor de enlaces dedicados.

Dominancia contraproducente para Telmex y Telcel

En 2007, la autoridad antimonopolios inició una investigación contra la firma de Carlos Slim, a la que se le declaró dominante en 2009 en cuatro mercados: originación de llamadas, tránsito local, arrendamiento de enlaces dedicados y terminación de llamadas fijas. Telmex ha combatido la decisión desde entonces.

Esas declaratorias permiten que la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) publique regulaciones asimétricas a los actores dominantes del mercado (en este caso Telmex), pero hasta inicios del año pasado lanzó la primera regulación referente a los enlaces dedicados.

Recientemente un tribunal colegiado determinó que Telmex no logrará ofrecer TV de paga en México a través del juicio que interpuso contra la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), con lo que se cierra una disputa que llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), según informó el comisionado presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), Mony de Swaan.

"(El) Séptimo Tribunal Colegiado (en Materia Administrativa) confirma respuesta de SCT sobre Telmex y la posibilidad de modificar su Título", dijo De Swaan a través de su cuenta de Twitter.

El tribunal dio la razón a la dependencia, al reconocer que actuó de manera legal al negarle a Telmex el cambio en su título de concesión para ofrecer servicios de televisión restringida, luego de que la telefónica argumentó que la SCT no respondió a tiempo una petición para realizar el cambio en 2008, por lo que se debió entender que le dio una 'afirmativa ficta'.

La Segunda Sala de la Suprema Corte rechazó en noviembre del año pasado ver el caso del amparo interpuesto por Telmex, por lo que el expediente regresó al séptimo tribunal. Directivos de Telmex no estuvieron disponibles de inmediato para comentar sobre los hechos

La telefónica ya había perdido en julio pasado un amparo promovido para determinar si la SCT debió otorgar el cambio del título de concesión cuando no contestó a tiempo su solicitud, es decir, el fondo del asunto. Ahora este tribunal determinó que la secretaría actuó de manera correcta al rechazar el cambio.

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