Rebeca Marín
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) está implementando un nuevo esquema de visitas domiciliarias que se llevará a cabo a lo largo de 2026. Esta medida tiene como objetivo realizar una fiscalización más cercana y detallada a los contribuyentes, tanto personas físicas como morales.
Sin embargo, a diferencia de lo que muchos piensan, no existe un calendario ni una lista predeterminada de personas que recibirán estas visitas, lo que ha generado cierta incertidumbre entre los contribuyentes. No obstante, aquí te decimos qué personas podrían ser las primeras en recibir al personal del SAT.
Para quienes aún no saben las alcances de esta intuición, el SAT tiene la facultad de seleccionar a un amplio grupo de personas y entidades para realizar revisiones fiscales. Esto incluye no solo a los contribuyentes habituales, sino también a responsables solidarios, terceros relacionados (como asesores fiscales, instituciones financieras y fiduciarias) e incluso figuras jurídicas afines.
La selección no se basa en un patrón fijo, lo que hace que todos los involucrados en actividades fiscales y comerciales sean susceptibles de ser revisados. Sin embargo, basados en el Código Fiscal de la Federación, estas personas son susceptibles a recibir esta visita:
Personas físicas o morales que declaran impuestos ante el SAT.
Responsables solidarios, personas que asumen obligaciones fiscales junto con el o la contribuyente.
Terceros relacionados con los contribuyentes (personas o empresas); incluye a quienes almacenan o manejan documentos relevantes para la autoridad.
Partes contratantes e integrantes de figuras jurídicas afines.
Asesores fiscales o instituciones financieras relacionadas.
Durante una visita domiciliaria, los funcionarios del SAT tienen la facultad de revisar documentos fiscales, contabilidad electrónica, bienes, mercancías y operaciones aduaneras.
El procedimiento se lleva a cabo de manera formal, y el contribuyente tiene derecho a recibir una notificación oficial y a designar testigos para la inspección.
Además, el SAT está obligado a respetar los derechos del contribuyente, actuar con respeto y realizar las visitas durante horarios hábiles, salvo casos excepcionales.
Cabe señalar que las personas que acudan a realizar la inspección deberán presentar una credencial o documentación oficial que los identifique como funcionarios del SAT y una orden que incluya los siguientes datos:
Señalar la autoridad que la emite.
Lugar y fecha de la emisión.
Propósito de la visita.
El contribuyente tiene la obligación de permitir el acceso a su domicilio fiscal, proporcionar documentos y facilitar el acceso a la contabilidad. Por su parte, los funcionarios del SAT deben actuar de manera profesional y documentar todos los hallazgos de manera objetiva, permitiendo al contribuyente defenderse en caso de observaciones.
Asimismo, la persona que reciba esta visita tiene el derecho de presentar pruebas fehacientes para aclarar alguna duda o implicación que amerite algún tipo de sanción. Una vez concluida la visita, el personal del SAT deberá emitir una acta circunstanciada donde queden documentadas todas las revisiones y aspectos por aclarar.
Estas visitas, aunque forman parte de una medida rutinaria, serán clave en el monitoreo del cumplimiento fiscal en México y marcarán una nueva etapa en la supervisión del SAT en 2026. Si necesitas más información, puedes entrar al sitio web del SAT
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